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Ruz imputará a Bárcenas como administrador del PP por delito fiscal (por José Manuel Romero)

Publicada el febrero 26, 2015 por admin6567
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  • Si el juez determina que existen indicios de delito fiscal, sólo podrá imputar al administrador del PP cuando ocurrieron los hechos en 2008.
  • Hacienda certifica que el PP no pagó impuestos por las donaciones ilegales
  • Hacienda contradice a Ruz al permitir que el PP desgrave donativos ilegales
JOSÉ MANUEL ROMERO Madrid (Publicado en El País, aquí)
 
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El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz. / CARLOS ROSILLO

El magistrado Pablo Ruz, que instruye el caso Bárcenas como pieza separada del caso Gürtel, ha dado un paso crucial para responsabilizar al PP por las donaciones ilegales que supuestamente recibió esta formación política en 2008, único ejercicio que no está prescrito, y que su entonces tesorero reflejó en la contabilidad paralela que controlaba personalmente.

La Ley sólo preve la responsabilidad penal de los partidos políticos desde 2012. Por eso, si el juez determina que existen suficientes indicios de delito fiscal, sólo podrá imputar a Luis Bárcenas, que era administrador y representante legal del PP ante Hacienda cuando ocurrieron los hechos en 2008.

Ruz ha firmado una providencia en la que da cinco días de plazo a la Agencia Tributaria, dependiente del Ministerio de Hacienda, para que determine "a la mayor brevedad la tributación que eventualmente habría de corresponder al Partido Popular por el Impuesto sobre Sociedades en 2008 en relación a las aportaciones económicas que en concepto de donaciones aparecen anotadas en los registros contables opacos recogidos en los denominados papeles de Bárcenas".

El juez aclara a la Agencia Tributaria que la información que solicita es pertinente "para el caso de que no se consideran rentas exentas de tributación". Y aclara a Hacienda que deberá tomar en consideración este hecho para determinar "la eventual base de tributación en relación con los gastos en que hubiera incurrido la formación política en el ejercicio de 2008 que atiendan a los criterios y requisitos establecidos en la legislación tributaria".

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Los papeles de Bárcenas recogen en 2008 unas donaciones supuestamente ilegales de 1.050.000 euros. El PP no pagó el Impuesto de Sociedades por estos ingresos extraordinarios. Si se determinase que debía tributar por las donaciones, habría defraudado a Hacienda más de 120.000 euros con lo que habría incurrido en un delito fiscal.

La Agencia Tributaria consideró que las supuestas donaciones ilegales recibidas por el PP no tenían la obligación de pagar impuestos. "En la definición de las donaciones exentas [de pagar impuestos] no se exige que se hayan obtenido de acuerdo a la Ley", señaló en un informe remitido hace meses al juez Pablo Ruz.  Los firmantes del informe sostenían que el PP solo estaría obligado a tributar si no hubiera dedicado esos donativos ilegales a la actividad esencial de la formación política. "La finalidad de la norma fue que solo quedaran fuera de la exención las donaciones irregulares que no se afectaran a la finalidad política, esto es, que se destinarán a otros fines -lícitos o no- desarrollados por el partido". Y concluía que "la realización de gastos electorales, de otros gastos de funcionamiento de carácter laboral -aun cuando sean de retribución a la alta dirección- e incluso la realización de inversiones en la sede de la entidad, se considera afectación amparada por la exención".

Pese a esta interpretación de la Agencia Tributaria, el juez Pablo Ruz señala en la providencia que ha firmado que tanto la Fiscalía como la Sección Cuarta de la sala de lo Penal de la Audiencia, como él mismo, consideran que esas donaciones ilegales no están exentas de tributar por el Impuesto de Sociedades. Por ese motivo y "al objeto de determinar la eventual responsabilidad que pudiera alcanzar al Partido Popular por el impuesto de Sociedades de 2008" ha reclamado de urgencia a la Agencia Tributaria que le haga unos cálculos que darán una cuota de fraude superior a 120.000 euros y, por tanto, encajable dentro de los supuestos de delito fiscal.

La Ley sólo preve la responsabilidad penal de los partidos políticos desde 2012. Por eso, si el juez determina que existen suficientes indicios de delito fiscal, sólo podrá imputar al administrador del PP cuando ocurrieron los hechos en 2008.

El PP, según los papeles de Bárcenas, dedicó una parte de los donativos ilegales a pagar sobresueldos a la cúpula del partido y a las obras de reforma de su sede nacional, en la calle de Génova 13.

Juan Andrés Buedo: Soy pensionista de jubilación. Durante mi vida laboral fui funcionario, profesor, investigador social y publicista.
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