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Un dictamen muy “conveniente” para M. Chaves (por Miguel Massanet Bosch)

Publicada el agosto 4, 2009 por admin6567
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Me van ustedes a perdonar la ordinariez, pero estos socialistas, cuando se trata de juzgar a los de su propio partido, cuando se deben sacar a la luz las ilegalidades de alguno de sus cargos públicos o cuando conviene mirar hacia otro lado para no ver el cieno que invade las dependencias desde donde ejercen su poder sobre el resto de ciudadanos, “se la cogen con papel de fumar”; no obstante, a sensu contrario, si se trata de airear, de proclamar a grandes voces o de acusar, sin miramientos, las actuaciones de cualquier miembro del partido de la oposición; entonces no les importa cogérsela “con papel de lija”, porque son insensibles a todo lo que no sea hacer leña del adversario político. Por consiguiente, nadie debe extrañarse de que el caso de favoritismo, desviación de caudales públicos e incumplimiento de la propia Ley de Incompatibilidades de Altos Cargos, se queda en un segundo término cuando se trata de sacar del apuro al señor Manuel Chaves, inquilino sempiterno en la Presidencia de la Junta de Andalucía y conocido cacique socialista con grandes influencias en todo el territorio andaluz.

¿Alguno de ustedes se puede imaginar que, en una familia normal en la que no existan diferencias importantes, ni desafecciones radicales; un padre no sepa que su hija es la apoderada de una empresa? Al menos, parece poco probable pero, de lo que no cabe duda es de que, cuando a la asesoría jurídica de un organismo de tanta importancia como es la Junta de Andalucía, se le encarga un dictamen sobre si la conducta del que se ha eternizado en la presidencia del ente y, por añadidura, aquellos que lo solicitan son carne y uña con dicho señor;  los que han recibido el encargo harán de mangas capirotes para intentar hallar el más mínimo resquicio legal que les permita exonerar de cualquier culpa el preboste en cuestión. Esto es, precisamente, lo que han pergeñado para emitir su dictamen los de la susodicha asesoría que, por cierto, no parece que se hayan lucido demasiado en su trabajo. Pero estos tecnicismos, es cierto que, en muchas ocasiones  ayudan a que determinados supuestos delincuentes se salgan de rositas de graves acusaciones, sólo porque un hábil abogado haya encontrado el medio de agostar la acusación por un simple detalle de poca monta pero suficiente para que, una Justicia anquilosada, lo pueda tomar en cuenta para anular las actuaciones.

Al parecer, la Ley de Incompatibilidades exige que “las empresas, entidades o sociedades que tomen parte en licitaciones públicas, contraten o hayan de encargarse de la gestión de cualquier servicio público… deberán acreditar, mediante la correspondiente certificación, expedida por su órgano de dirección o representación competente, que no forma parte de los órganos de gobierno o administración persona alguna a las que se refiere esta disposición, rechazándose aquellas proposiciones que no acompañen dicha certificación, junto a los documentos requeridos en cada caso”. Evidentemente entre los casos que se contemplan de incompatibilidades están comprendidos los parientes hasta el segundo grado civil (hijos). Los autores del dictamen, muy avispados ellos, han querido librar de toda responsabilidad al señor Chaves alegando que era posible que no conociera que su hija era apoderado de MATSA y que, no se sabe si dicha empresa no presentó el correspondiente certificado o, como estamos en tiempos en que la gente es tan descuidada –especialmente en el caso de que sea oportuno y beneficios serlo – se haya traspapelado y resulte que no aparece entre la documentación preceptiva.

Lo que ocurre es que el argumento se sostiene sobre el filo de una navaja porque, tanto en el caso de no haberse presentado por MATSA el certificado en cuestión, como en el de que hubiera desaparecido misteriosamente del expediente; se deberían pedirles responsabilidades a los que otorgaron el crédito por no reunir la documentación los requisitos que se exigían para su concesión. Si malo es que un cargo público practique el amiguismo con sus familiares para favorecerlos económicamente, no menos lo es el que se salten requisitos esenciales en la tramitación de un expediente, por parte de las autoridades que tienen la obligación y la responsabilidad de velar por la pureza del trámite y de que se cumplan todos los condicionamientos, máxime, cuando se trata de entregar préstamos de tal entidad (10 millones de euros) a cargo del Erario público que, en definitiva, se nutre de los impuestos de los ciudadanos.

El hecho es que se haya destapado una actuación que no reúne los  condicionamientos exigidos por la ley y que, esta actuación, haya pasado por los distintos conductos y departamentos administrativos, sin que nadie se haya percatado de la omisión del preceptivo certificado; lo que evidentemente delata, como mínimo, es una negligencia grave ya que se han entregado a una empresa que no reunía los requisitos exigidos para ser merecedora la subvención pública, los documentos precisos para validarla. Se supone que, si el señor Chaves fue quien acabó firmando la concesión de los 10 millones de euros a MATSA, como máximo responsable de la Junta de Andalucía, tendría el deber y la obligación de comprobar que todo el expediente estaba en orden antes de estampar su firma sobre los legajos. En caso contrario es responsable de una imprudencia grave y de una dejación de cumplir con sus responsabilidades. Lo mires como quieras este señor incumplió con su obligación y si se ha pretendido imputar a Camps, también se debería hacerlo con él. ¿O, el ser socialista, otorga patente de corso?

Miguel Massanet Bosch

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Juan Andrés Buedo: Soy pensionista de jubilación. Durante mi vida laboral fui funcionario, profesor, investigador social y publicista.
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