- La medida no aclara con qué recursos se atenderá a las personas más vulnerables
- Las autonomías asumirán prestaciones para las que no tienen presupuesto
Jaime Prats Valencia (Publicado en El País, aquí)
Decenas de personas se agolpan ante el Centro
Municipal de Acogida a Transeúntes de Jaén a la espera de recibir el almuerzo,
en una imagen de archivo. / JOSÉ MANUEL PEDROSA
En Alaquàs (Valencia, 30.000 habitantes, 4.445 en paro) 13 trabajadores
sociales atienden las necesidades del municipio. La responsable del servicio,
Consuelo Tomás ya ha echado cuentas de cómo le afectará la nueva Ley de Bases
del Régimen Local de aplicarse al pie de la letra el anteproyecto elaborado por
Gobierno. Calcula que se quedaría con dos empleados.
La reforma de la Administración local diseñada por el Gobierno —cuyo lema es:
una Administración, una competencia— concede la competencia exclusiva de los
servicios sociales a las comunidades autónomas. Esta decisión tendrá un impacto
directo en las prestaciones municipales, protagonistas de la primera (con
frecuencia también segunda y tercera) línea de batalla contra la desigualdad, la
exclusión y el desamparo. En un momento en que la dureza y la persistencia de la
crisis económica está desbordando la capacidad de respuesta de la red
asistencial, la reacción del Ejecutivo de Mariano Rajoy ha sembrado la
incertidumbre en el sector: no está claro si las autonomías mantendrán todos los
servicios que los municipios tendrán que dejar de asumir, si podrán financiarlos
o si acabarán privatizándolos.
La norma reduce el papel de los municipios a la “valoración, evaluación e
información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a
personas en situación o riesgo de exclusión social”. O lo que es lo mismo: “Una
mera oficina de derivación con alguna ayuda de urgencia o de los albergues
municipales en su concepto más limitativo de puro asistencialismo a corto
plazo”, según afirma la Asociación Estatal de Directoras y Gerentes de Servicios
Sociales en un documento que analiza el impacto de la medida.
Lo que dice la legislación
La Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local establece en su artículo 25 que el
municipio “se hará cargo de la salubridad pública”; la “participación en la
gestión de la atención primaria de la salud”; los “cementerios y servicios
funerarios”; la “prestación de los servicios sociales y de promoción y
reinserción social”.
En materia de educación obliga a los Ayuntamientos a “participar en la
programación de la enseñanza y cooperar con la Administración educativa en la
creación, construcción y sostenimiento de los centros docentes públicos, así
como intervenir en sus órganos de gestión y participar en la vigilancia del
cumplimiento de la escolaridad obligatoria”.
Los Ayuntamientos pueden realizar, según el artículo 28 de la ley actual
“actividades complementarias relativas a la educación, la promoción de la mujer,
la vivienda o la sanidad”.
La reforma pretende suprimir el 28 y modifica el artículo 25 limitando los
servicios sociales del municipio a “la evaluación e información de situaciones
de necesidad social y atención inmediata a personas en situación o riesgo de
exclusión”; “protección de la salubridad pública”; “cementerios y funerarias” y
“participar en la vigilancia de la escolaridad obligatoria, así como cooperar
con las Administraciones educativas en la obtención de los solares necesarios
para la construcción de nuevos centros”.
Y eso, en el mejor de los casos. Solo podrán prestar estos servicios
reducidos los municipios con población mayor de 20.000 habitantes, y siempre por
delegación de las comunidades autónomas. El resto, quedará en manos de
diputaciones o autonomías, con riesgo de que los municipios en el entorno rural
pierdan prestaciones.
Sin embargo, la gran mayoría de poblaciones mayores de 20.000 habitantes
cuentan con un catálogo de servicios muy superior al paquete básico limitado por
la futura ley. Siguiendo con el ejemplo de Alaquàs, esta población del área
metropolitana de Valencia tiene un programa de seguimiento de escolares para
detectar situaciones de desprotección o un centro de día para 30 enfermos de
alzhéimer.
¿Qué sucederá con todo ello? Fuentes de la Secretaría de Estado de Servicios
Sociales apuntan que todas las prestaciones que excedan el mínimo delimitado por
la ley serán competencia de las comunidades autónomas, a quien correspondería
financiarlas “siempre que se consideren necesarias”.
En un momento de asfixia presupuestaria extrema de las comunidades, la
pregunta es obvia. ¿Que sucederá si no pagan por estos servicios? Las mismas
fuentes remiten al anteproyecto, que abre un plazo de un año para que las
administraciones municipales y autonómicas acuerden un plan de financiación
basado en una tabla en la que se fijarán los costes de los servicios. “Los
ayuntamientos que sigan ofreciendo la prestación y no cobren por ella podrán
pasar la factura del coste que les supone al Estado y la Administración central
está facultada para cobrarlo a la comunidad con cargo a las transferencias
ordinarias”, apuntan desde el Ministerio de Sanidad y Política Social.
Según los últimos datos que maneja el departamento que dirige Ana Mato, a los
que ha tenido acceso este periódico, en el ejercicio 2010-2011 las corporaciones
locales gestionaron cerca de 1.330 millones de euros en servicios sociales, de
los cuales, solo el 6,5% provenían de la Administración General del Estado. El
resto lo aportaban las comunidades autónomas (53,4%) y las propias entidades
locales (40%). Unos siete millones de personas recurrieron a ellos en 2010, un
20% más que en 2009, debido a la crisis. La partida más importante es la de
prestaciones que se conceden a los ciudadanos, sobre todo la ayuda a domicilio,
que se lleva el 78,5% de ese capítulo (653 millones de euros).
Esto no puede quedar como está planteado, sería la quiebra del estado autonómico
Esther Díaz, consejera de Bienestar Social y Vivienda de
Asturias
Las asociaciones de trabajadores sociales temen que en la migración de
competencias del ámbito municipal al autonómico, haya servicios que se queden
por el camino. O se privaticen. Hay apartados de la norma que alimentan este
recelo. Las autonomías, recoge la norma, podrán establecer “las medidas que
consideren necesarias para la racionalización del servicio”. La exposición de
motivos de la ley insiste en la idea de racionalizar las estructuras municipales
“de acuerdo con los principios de eficiencia, estabilidad y sostenibilidad
financiera, garantizar un control financiero y presupuestario más riguroso y
favorecer la iniciativa económica privada evitando intervenciones
administrativas desproporcionadas”. Esta música le suena a Ana Lima, presidenta
del Consejo General del Trabajo Social, a “una puerta abierta a la posibilidad
de subrogar servicios y privatizar”.
La Generalitat valenciana no ha querido hacer manifestaciones sobre las
consecuencias de la norma: “Preferimos pronunciarnos cuando sea firme”. Otras
autonomías sí lo han hecho. Como Asturias, por boca de su consejera de Bienestar
Social, Esther Díaz: “Esto no puede quedar como está planteado, sería la quiebra
del estado autonómico”. Para Díaz “toda competencia debería llegar fruto de una
negociación previa e ir aparejada de una suficiencia económica”. También desde
los municipios han clamado contra la iniciativa: “Al final acabaremos
financiándola nosotros”, señala Abel Caballero, vicepresidente de la Federación
Española de Municipios y Provincias. “Y no tenemos garantías de que se seguirán
ofreciendo las prestaciones que nosotros damos en la actualidad”.
Los problemas entre Ayuntamientos y comunidades no se han hecho esperar a la
aprobación de la ley. El Ayuntamiento de Torrejón de Arzoz y la Comunidad (ambos
del PP) ya han chocado por un problema de competencias a cuenta del servicio de
teleasistencia, cuyo servicio se ha restringido. Y la redacción de la ley no ha
hecho más que empezar.